lunes, 11 de abril de 2011

El Sistema Tributario


La Tributación durante el Tahuantinsuyo :

Existen diversas fuentes bibliográficas en la cuales se desarrolla este tema.  Por ejemplo, Alfonso Klauer (2005) en su obra “El Cóndor herido de muerte” reagrupa en tres subconjuntos los tributos que estaban obligados a aportar los Incas, según fuentes del historiador Franklin Pease. 

Contribuciones permanentes

-  Tres hombres y tres mujeres, por cada cien adultos, para extraer oro que era llevado al Cusco durante todo el año. 
-  Sesenta hombres y sesenta mujeres para extraer plata que era llevada al Cusco durante todo el año. 
-  Ciento cincuenta hombres para trabajar permanentemente como  yanaconas de Huayna Cápac. 
-  Diez yanaconas para trabajar en depósitos de armas. 
-  Cuarenta para custodiar a las mujeres del Inca.
-  Quinientos como cargadores de las andas del Inca, entre otros.

Contribuciones periódicas

-  Cuatrocientos hombres para sembrar tierras en el Cusco (una o dos veces al año). 
-  Cuarenta hombres para trabajar las tierras del Inca en Huánuco. 
-  Cuarenta hombres para sembrar ají en el Cusco. 
-  Sesenta hombres para sembrar y cosechar la coca que era llevada al Cusco.

Contribuciones esporádicas

-  Cuarenta hombres para acompañar al Inca durante sus cacerías de venados; y, 
-  Quinientos hombres para sembrar y otras diversas actividades, sin salir de sus tierras.

De esta lista detallada se puede deducir que la atención principal de la administración imperial “giraba alrededor del control de la energía humana”, como afirma Pease. En sus inicios, el poder del Inca (Estado) se sustentó en una constante renovación de los ritos de la reciprocidad, para lo cual debió tener objetos suntuarios y de subsistencia en sus depósitos en cantidad suficiente para cumplir con los curacas y jefes militares que se hallaban dentro del sistema de la reciprocidad. En la medida que creció el Tahuantinsuyo, se incrementó el número de personas por agasajar, lo que dio lugar a la búsqueda de nuevas formas de accederala mano de obra, obviando los ritos de la reciprocidad. Así aparecieron los centros administrativos y, más adelante, los llanas que eran  representantes del Inca.


          






























La Tributación en la República:

Al independizarnos de España, la tributación siguió teniendo a la legislación como su fuente de legitimidad. En este caso, eran las leyes creadas por la naciente república.  
A lo largo de nuestra historia republicana hemos pasado por períodos de inestabilidad política y económica. Así, la tributación existente en cada período ha sido y continúa siendo expresión clara de las contradicciones de la época.

A. Tributación en el Siglo XIX

Sistema de tributación
• Desde la primera Constitución del Perú en 1823, se  define la obligación del Poder 
Ejecutivo de presentar el Presupuesto General de la República. 
• Dicho presupuesto se establecía de acuerdo con un cálculo previo de los egresos y 
fijando las contribuciones ordinarias, mientras se establecía una contribución única 
para todos los ciudadanos. 

Finalidad de la tributación
• Proveer al Estado del dinero necesario para la defensa nacional, la conservación del orden público y la administración de sus diferentes servicios. 
• Recién con Piérola, a fines del siglo XIX, el Estado asume, además de los fines mencionados, otros de índole social, tales como la educación y la salud públicas. Por ejemplo, los subsidios a la alimentación y el inicio de la construcción de las llamadas viviendas populares. 

   1. Tributos directos 
       •  Los tributos directos fueron los que afectaban a las personas, los predios,  las industrias y patentes. 
       •  Afectaban a todos los ciudadanos de la naciente República, pero no de la misma manera. 
       •  Se diferenció la tributación indígena y la de castas. 
       •  Además, estaban también los tributos por predios, industrias y patentes.
          a) Tributo Indígena
              •  El tributo indígena fue abolido en 1821 cuando se  proclamó  la  independencia.  
               Sin embargo, en 1826 se restableció. 
              •  Los indígenas estaban dispuestos a pagar el tributo, pero solicitaron que no se les cobrara ningún
               otro impuesto.
              •  El tributo indígena recién fue abolido durante el gobierno de Castilla en 1855.

          b) Tributo de Castas
              •  Abarcaba el tributo personal de los trabajadores y de los que tenían una renta anual. 
              •  En 1842 estaban obligados a cumplirla todos aquéllos que no eran indígenas.  

          c) Predios
              •  El valor de los predios era asignado por su producto, no tenían valor en sí mismos.
              •  1825: todo tipo de predios (urbanos o rurales) debían contribuir anualmente con el 5% de la       
                  utilidad de su arrendamiento, pero luego se redujo a 3%.
              •  Diversos decretos aumentaron o redujeron ligeramente estas cifras.

          d) Tributo de Industrias y Patentes
              •  Las otras contribuciones directas fueron las que se aplicaron a las industrias y la de patentes, la
                 que finalmente se mantuvo. 
              •  El impuesto gravaba el 3% sobre el producto de la industria o capitales que se obtuvieran por su   
                  ejercicio. 
              •  La recaudación de este tributo sólo fue posible en las capitales de departamento y ciudades cuya 
                  población así lo justificaba (lo cual ya reducía su base tributaria). 
              •  La contribución de patentes estaba dirigida a aquéllos que se dedicaban al comercio, al arte o a 
                  cualquier labor industriosa. 
              •  Aquéllos que pagaban el impuesto de castas, estaban exentos de pagarla.

B. La Tributación en el Siglo XX

Periodo 1900 – 1962
En esta etapa de nuestra historia, los productos de exportación tuvieron mayor auge.  De acuerdo con el  orden de importancia fueron: azúcar, algodón, lana, caucho, cobre, petróleo y plata. El control de la exportación (al inicio en manos nacionales) no fue en sí tan importante como la dependencia hacia el mercado internacional y sus efectos en la economía nacional. 


Periodo de 1962 A 1990
En este período, es importante destacar que, mediante el Decreto Supremo N° 287-68-HC, dado el 9 de octubre de 1968, se sustituyó el sistema cedular de Impuesto a la Renta por el Impuesto Único a la Renta. Con él se estableció el Impuesto a la Renta con las características que conocemos actualmente. También en el gobierno militar  se gravó por primera vez al Patrimonio Accionario de las Empresas y al Valor de la Propiedad Predial, creados ambos por Decreto Supremo No 287-68-HC.

Impuesto a las Ventas, Servicios y Construcción 
Se creó en 1972 con el Decreto Ley N° 19620 y entró en vigencia en 1973. Sustituyó a la Ley de Timbres. En el caso de la construcción, se aplicó al total de ingresos recibidos por las empresas constituidas por materiales, mano de obra y dirección técnica.  El impuesto a las remuneraciones por servicios personales grava a  todos aquellos que son ejercidos de manera independiente. 

De 1991 a la actualidad
El proceso de reforma iniciado en 1991 permitió lograr una simplificación normativa y la consolidación institucional de la administración tributaria (SUNAT), dotándola de profesionales de alto nivel con el soporte tecnológico para desarrollar sus funciones.
 










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